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Las Organizaciones sin fines de lucro (OSFL), son entidades constituidas por la voluntad de asociación o creación de una o más personas (naturales o jurídicas) para realizar actividades en beneficio de sus asociados, terceras personas o de la comunidad en general. Las OSFL conforman lo que se denomina el “tercer sector” de la economía, dado que no son parte del sector público ni del sector privado.

Estructura legal de las OSFL

Los países tienen la potestad de definir en su legislación las estructuras jurídicas que pueden tener las características “sin fin de lucro”, pero se destacan en este universo los siguientes tipos de personas jurídicas:

  •      Asociaciones

  •      Corporaciones

  •      Fundaciones

  •      Cooperativas o precooperativas

  •      Asociaciones mutuales

  •      Fondos o sindicatos de empleados

  •      Organización no gubernamental

Tipo de actividades que desarrollan las OSFL

Según su actividad, las OSFL pueden ser clasificadas de distintas maneras. A continuación, presentamos algunas categorías que usualmente suelen tener las OSFL:

Economía solidaria:

Son entidades que promueven la asociatividad, la cooperación y la autogestión, y están orientadas a la producción, al consumo, y a la comercialización de bienes y servicios, de un modo principalmente autogestionado y cooperativo. Esta actividad se desarrolla principalmente por medio de estructuras legales como las cooperativas, precooperativas o asociaciones mutuales. Este tipo de entidades pueden desarrollar actividades de microfinanzas.

Organizaciones no gubernamentales o de cooperación al desarrollo (ONG):

Son entidades que promueven el desarrollo económico y social, y la justicia social, incluyendo la reducción de la pobreza o disparidad económica, ofrecen ayudas humanitarias, entre otros temas.

Organizaciones de la sociedad civil:

Estas entidades promueven la defensa de diferentes causas, como los derechos humanos y civiles, la protección del medio ambiente, la democracia entre otros. En algunas clasificaciones estas entidades también son consideradas ONG.

  • Sindicatos, asociaciones de trabajadores o de profesionales: Estas entidades promueven los derechos relacionados con el entorno laboral de los trabajadores y profesionales.

  • Gremiales: Son asociaciones de empresarios que buscan promover su sector económico o su industria.

  • Entidad Religiosa: Entidades que promueven el desarrollo y la práctica de una religión o el adiestramiento espiritual.

  • Partidos y movimientos políticos: Entidades que promueven ideas políticas y candidatos para que representen esas ideas en las corporaciones e instituciones públicas de elección popular.

  • Organizaciones que proveen servicios sin fin de lucro: Son entidades que ofrecen servicios que también pueden ser ofrecidos por el sector público o el privado, pero en este contexto son sin un objetivo lucrativo, ofrecidos por medio de estructuras legales como fundaciones, asociaciones o corporaciones. Estos servicios involucran diversos temas, incluyendo, por ejemplo:

    • Educación – Ej. instituciones educativas, universidades.

    • Medicina – Ej. hospitales, centros de salud.

    • Protección del medio ambiente o de animales – Ej. Refugios de animales o centros de acopio y reciclaje de residuos.

    • Servicios para grupos con necesidades especiales – Ej. niños (as), personas con discapacidad o con ciertas enfermedades, refugiados.

  • Organizaciones artísticas, culturales, de entrenamiento o deportivas: Son entidades enfocadas en desarrollar y promover las expresiones artísticas, culturales y deportivas, como el teatro, la danza, la música o cualquier deporte.

  • Organizaciones de base social o comunitaria: Son entidades que promueven el desarrollo de actividades en comunidades o grupos sociales, incluyendo, por ejemplo:

    • Comunidades minoritarias, étnicas, o de género.

    • Grupos de personas presentes en ciertos territorios como barrios o ciudades

    • Grupos de personas que se asocian por una característica particular, por ejemplo, una profesión (ej. asociación de ingenieros) o un rango de edad (ej. asociación de jubilados).

  • Fundaciones para la responsabilidad social empresarial: son instituciones creadas y financiadas por una empresa con el propósito de realizar donaciones y desempeñar actividades filantrópicas, legalmente separadas de la empresa que le da origen.

 La Recomendación 8 del GAFI

Según la Recomendación 8 del GAFI, “Los países deben identificar a las organizaciones que se encuentran dentro de la definición del GAFI de entidades sin fines de lucro (OSFL) y evaluar sus riesgos de financiamiento del terrorismo (FT). Los países deben contar con medidas focalizadas, proporcionales, y basadas en riesgo, sin perjudicar o desalentar indebidamente las actividades legítimas de las OSFL, en consonancia con el enfoque basado en el riesgo. El propósito de estas medidas es proteger a dichas OSFL del abuso para el FT, incluyendo:

  • Por organizaciones terroristas que se presenten como entidades legítimas.

  • Para explotar entidades legítimas como conductos para el FT, incluyendo el propósito de escapar a medidas de congelamiento de activos.

  • Para esconder u ocultar el desvío clandestino de fondos, destinados a propósitos legítimos, a las organizaciones terroristas.”

Las OSFL que entran en la definición del GAFI

La Recomendación 8 define a las OSFL como la persona o estructura legal u organización que principalmente se desempeña en la recolección o ejercicio de fondos para fines caritativos, religiosos, culturales, educativos, sociales o fraternales, o para llevar a cabo otro tipo de “buenas obras”.

Identificar a las OSFL que se ajustan a la definición del GAFI es un reto, y en cada país puede ser muy diferente puesto que dependerá de muchos factores, entre los cuales se pueden considerar; la amenaza terrorista local e internacional, la estructura del sector de las OSFL a nivel doméstico, el territorio en que operan, los tipos de canales utilizados para sus operaciones y las jurisdicciones con las que opera; entre otros.

Riesgo del FT en las OSFL

Una evaluación de riesgos de FT es un producto o proceso basado en una metodología que intenta identificar, analizar y comprender el riesgo de FT y sirve como primer paso para abordarlos. Si bien las evaluaciones pueden adoptar distintas formas, una evaluación de riesgo de FT debe abarcar en general todos los aspectos de la recaudación, traslado, almacenamiento y uso de fondos u otros activos (incluidos bienes, vehículos, armas, etc.) para responder a las necesidades de un terrorista u organización terrorista.

MEJORES PRÁCTICAS COMBATE AL ABUSO FINANCIERO TERRORISTA DE ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO GAFI – NOVIEMBRE 2023

Para que exista un riesgo, deben estar presentes tanto una amenaza como una vulnerabilidad. Cuando una vulnerabilidad afecta a todo el sector (por ejemplo, porque no hay supervisión ni capacidad para obtener información sobre nuevos participantes que ingresan al sector), existe la posibilidad de que las OSFL falsas ingresen al sector. Cuando la vulnerabilidad es específica de una organización (por ejemplo, una OSFL que no realizaría una verificación del uso que se hace de sus fondos), aún puede afectar a otras OSFL legítimas que trabajan con ella y potencialmente explotarse con fines de FT.

La Recomendación 8 reconoce expresamente que las medidas tomadas para proteger a las OSFL no deben perturbar o desalentar indebidamente las actividades legítimas de las OSFL.

En Líderes Empresariales APLA nos especializamos en brindar capacitación y asesoría para la formación de oficiales de cumplimiento; y en el servicio de implementación de las normas de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva para los diferentes sujetos obligados. Si necesitas ayuda, no dudes en contactarnos.

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